sociedad conyugal herencia

La sociedad conyugal y herencia

rodrigo autor

Abogado de Herencias | Rodrigo Huaiquimilla Arcos

Sabes cómo funciona en los matrimonios bajo sociedad conyugal la herencia. Ahora te explicamos, en que conlleva la sociedad conyugal en la herencia en Chile por Abogados Especialistas en Herencias.

Es esencial explicar, que en los matrimonios existe un régimen patrimonial conyugal, el cual es aquel sistema encargado de gestionar el dinero y bienes dentro del matrimonio.

Existiendo en el régimen patrimonial 3 tipos, estos son:

  • sociedad conyugal.
  • separación total de bienes.
  • participación en los gananciales.

El primero actúa por defecto, está definido como la fusión de los patrimonios del marido y la mujer. Siendo el encargado de su administración el marido, régimen que revisaremos y explicaremos en este artículo para ayudarte.

El segundo corresponde a que tanto los patrimonios de cada cónyuge como su administración están separados antes y durante el matrimonio.

Y el tercero es entendido cuando los patrimonios se mantienen separados durante el vínculo conyugal, pero, si este termina y uno de los cónyuges adquiere bienes de mayor valor, este deberá compensar al otro para equiparar y ambos queden iguales.

Ahora revisaremos el primero de ellos » La Sociedad Conyugal y su herencia «

Cómo funciona el matrimonio bajo sociedad conyugal

Haberes absolutos:

  • Salarios de todo género de empleo adquiridos durante el matrimonio, según el Art. 1725 Nº1 del Código Civil. Si el trabajo es divisible, incumbe a la sociedad conyugal la parte del honorario retribuida durante la vigencia del matrimonio. En cambio, si el trabajo es indivisible, el honorario será percibido cuando el servicio esté terminado.
  • Todos los frutos, réditos, pensiones, intereses y lucros de cualquier naturaleza, que provengan tanto de los bienes sociales como de los bienes propios de cada uno de los cónyuges, y que se adquieran en el matrimonio. (Art. 1725 Nº2 del Código Civil).
  • El dinero o bienes que adquiera o aporte cada uno de los miembros del matrimonio a título oneroso. (Art. 1725 N° 5 del Código Civil).
  • Si durante el matrimonio ambos cónyuges aportan cosas fungibles (como aquellos que no se pueden usar conforme a su naturaleza si no se consumen, como dinero, por ejemplo) o especies muebles, la sociedad conyugal quedará obligada a pagar la recompensa correspondiente. Pero podrán los cónyuges eximir de la comunión cualquiera parte de sus especies muebles, designándolas en las capitulaciones matrimoniales.

Haberes relativos:

  • Está compuesto por aquellos bienes que se incorporan a la sociedad conyugal, otorgando al cónyuge que aporta o adquiere una recompensa, que el responsable hará valer al momento de su liquidación.
  • Dinero adquirido o bienes muebles aportados por cualquiera de los cónyuges durante la validez de la sociedad conyugal. (Art. 1725 N° 4 del Código Civil).
  • Bienes muebles aportados o adquiridos a título gratuito por cualquier cónyuge durante el matrimonio.
  • Tesoros
  • Donación remuneratoria mueble que se hace a uno de los cónyuges, cuando el servicio prestado no daba acción en contra de la persona servida (Art. 1738 inc. 2º del Código Civil).
  • Bienes adquiridos por uno de los cónyuges durante el matrimonio, cuando la causa o título de la adquisición ha precedido a ella.

Pasivos:

  • Hace relación a la deudas y compromisos existentes de la sociedad matrimonial.
  • Como el caso anterior, este también puede ser absoluto o relativo. Esto dependerá netamente de si se da o no derecho de recompensa a la sociedad conyugal.

Sin embargo, que sucede tras el fallecimiento de uno de los cónyuges
Lo primero a tener en consideración, siempre el cónyuge sobreviviente es considerado heredero, sin importar el régimen de bienes del matrimonio.

La sociedad conyugal y su herencia

Cuando uno de los cónyuge fallece, el régimen de sociedad conyugal se disolverá tras la muerte y se procederá a su liquidación.

Por lo tanto, la sociedad conyugal y su herencia al morir uno de los cónyuges, el cónyuge sobreviviente siempre será heredero, tendrá el 50% del haber social luego de la liquidación, y el otro 50% correspondiente al cónyuge que ha fallecido, pasando a formar parte de la masa hereditaria. Entonces, se dividirá del total de la masa hereditaria de la herencia bajo sociedad conyugal quedando para el cónyuge sobreviviente el doble que le corresponde a cada uno de los hijos.

Para lograr repartir la herencia de los bienes dejados por el cónyuge fallecido entre los hijos y el cónyuge sobreviviente, se deberá primero dar inicio a los trámites de herencia.

Estos trámites son los siguientes:

¿ Qué trámites debe realizarse para una herencia cuando una sociedad conyugal termina por el fallecimiento de uno de los cónyuges ?

Tras el fallecimiento de uno de los cónyuges corresponderá realizar el trámite de posesión efectiva de los bienes, el cual puede ser realizado por el cónyuge con vida o por alguno de los herederos.

El trámite de posesión efectiva para una herencia sin testamento (herencia intestada) puede ser realizado en las oficinas del registro civil

Mientras que en el caso de que el causante cónyuge haya dejado un testamento (herencia testada), será necesario la representación y los servicios de un abogado de herencias.

¿ Qué trámites debe realizarse para una herencia cuando una sociedad conyugal termina por el fallecimiento de uno de los cónyuges ?

Tras el fallecimiento de uno de los cónyuges corresponderá realizar el trámite de posesión efectiva de los bienes, el cual puede ser realizado por el cónyuge con vida o por alguno de los herederos.

El trámite de posesión efectiva para una herencia sin testamento (herencia intestada) puede ser realizado en las oficinas del registro civil

Mientras que en el caso de que el causante cónyuge haya dejado un testamento (herencia testada), será necesario la representación y los servicios de un abogado de herencias.

¿ Quiénes son los herederos de una herencia bajo sociedad conyugal ?

Los herederos están establecidos y ordenados según un orden de sucesión. El cual establece la relación de los herederos al momento de reclamar la herencia bajo sociedad conyugal, en otras palabras, que los herederos del primer orden tendrán la prioridad de la herencia por sobre los del segundo orden y así sucesivamente:

  • En primer orden tenemos a los hijos, cónyuges o el conviviente civil. En el caso de haber fallecido un hijo, heredarán su lugar los hijos de éste, es decir, sus nietos.
  • La segunda orden está referida a cuando no hay descendientes, heredarán los padres o el ascendiente más próximo. También puede ser el cónyuge o conviviente civil.
  • La tercera orden abarca el caso de que no estuvieran las opciones nombradas anteriormente. En este caso, heredarán los hermanos, sean del padre o de la madre. Si el hermano/a fallece, heredarán los hijos de éste, en otras palabras, los sobrinos.
  • En caso de faltar las anteriores, la cuarta orden establece que heredarán los parientes consanguíneos más cercanos, no siendo descendientes ni ascendientes del causante. En primer lugar, están los tíos. Y si ninguno de ellos está vivo, la herencia pasará a sus hijos, en otras palabras, los sobrinos del causante.
  • El último y quinto orden abarca el caso de que ningún heredero abintestato señalado esté vivo. Siendo así, sucederá el Fisco
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Si no estás bajo sociedad conyugal que sucede con la herencia

¿Quiénes no pueden ser los herederos?

No se reconoce como heredero, por ley, al conviviente o pareja de hecho del causante que no haya firmado el acuerdo de unión civil, independiente de si ambas personas hayan vivido mucho tiempo juntas y hayan sido reconocidas públicamente como pareja.

Quizás te preguntaras en los casos de tener una casa cómo se repartirá

Esta es una de las preguntas principales a desarrollar y más repetidas entre nuestros usuarios.

Pero antes, es importante considerar el tipo de herencia y el régimen conyugal prevaleciente al momento de poder repartir la herencia.

Se debe identificar frente a cuál tipo de herencia nos encontramos. Si el fallecido ha dejado un testamento, estamos frente a una herencia testada. Si no se ha dejado ningún testamento, entonces nos encontramos ante una herencia intestada.

En este caso, al no existir un testamento previamente escrito, la casa heredada por el fallecido, deberá responder a los órdenes de sucesión ya mencionados.

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¿Estando bajo sociedad conyugal cuánto se reparte de herencia por una casa?

En la situación de que los cónyuges hayan contraído matrimonio bajo el régimen de sociedad conyugal, los bienes aportados y los adquiridos durante el matrimonio, corresponderá a los bienes de la comunidad matrimonial conformada por ambos.

Es así que al fallecer uno de los cónyuges, la casa dejada como herencia se conforma tras la liquidación de la sociedad conyugal.

Dado que se contrajo matrimonio bajo régimen de sociedad conyugal, el cónyuge ya tendrá derecho al 50% de la casa tras el fallecimiento de su otro cónyuge.

Del modo, se considerará legalmente heredero al cónyuge, según el primer orden de sucesión.

Por consiguiente, le corresponderá adicional otro cincuenta por ciento de la parte restante de la casa en herencia, en otras palabras, la herencia que le corresponderá de la casa será el doble de la que le corresponde por cada hijo, en caso de existir descendientes del matrimonio.

Revisemos un ejemplo bajo sociedad conyugal de cómo se reparte la herencia de una casa estando bajo sociedad conyugal

La respuesta es sí, dado que, al estar la pareja unida bajo el acuerdo de unión civil, tendrá los mismos privilegios que la cónyuge en el matrimonio tradicional.

Por consiguiente, la pareja de la conviviente civil podrá optar a efectuar un testamento en favor de su pareja, siempre mientras exista entre ambos este acuerdo de unión civil, debido a ello su importancia en el vínculo de pareja.

El testamento permitirá beneficiar a la pareja en mayor medida que otros herederos, permitiéndole a aumentar la parte de la herencia que le corresponde, haciendo uso de la cuarta de mejora y favoreciendo con la cuarta de libre de disposición.

¿Cómo se reparte la herencia de la casa para el cónyuge sobreviviente bajo sociedad conyugal?

Este caso es totalmente opuesto al caso visto anteriormente, ya que existe un testamento dejado por el fallecido o el causante, el cual se encarga de señalar de forma clara cómo se repartirá la herencia de la casa para cada uno de los herederos.

La porción de la herencia para el cónyuge bajo sociedad conyugal podrá ser en mayor o menor proporción.

De igual forma existe para el o la cónyuge sobreviviente el derecho de que la cuota hereditaria se entere con preferencia mediante la adjudicación preferente de la vivienda familiar.

La cual deberá ser la casa en que reside y que sea o haya sido la vivienda principal de la familia.

Por lo tanto, si el valor total de los bienes dejados por el cónyuge fallecido excede de la cuota hereditaria del cónyuge sobreviviente, podrá solicitar en su favor derechos de habitación y de uso, con carácter gratuito y vitalicio.

Sin embargo, hay una serie de obligaciones que deben de cumplirse al momento de repartir la herencia bajo testamento, siendo necesario obligatoriamente tanto la asesoría y representación de un abogado.

Recuerda que en cualquier régimen matrimonial en que te encuentres nuestra legislación te considerará como heredero, teniendo derecho a la herencia de los bienes de tu cónyuge fallecido.


Inclusive, si no te encuentras en ningún régimen matrimonial, y estando bajo acuerdo de unión civil también eres considerado heredero de los bienes de tu pareja.


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Abogado experto en herencias
Abogado Experto en Herencias

Soy Rodrigo Huaiquimilla Arcos, Abogado Experto en Herencias en Chile, titulado de la Universidad de Chile, con Postítulo en Derecho Sucesorio en materia de Herencias. Cuento con 16 años de experiencia profesional ayudando a las familias en sus herencias en Chile, tanto en casos simples como complejos.

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16 comentarios en «La sociedad conyugal y herencia»

  1. Muy buenos días!!
    Quería hacer una consulta.

    Estoy casado bajo sociedad conyugal, y me encuentro comprando una propiedad actualmente. Dicha propiedad va a quedar solo a mi nombre (Hombre) ya que la deuda con el banco solo la estoy generando hacia mi.

    Mi duda es ¿Bajo sociedad conyugal si en algún futuro sucede algo hacia mi, esa deuda se pasa a mi esposa?

    ¿La deuda en algún futuro si deseamos comprar otra propiedad, se reflejara hacia ella en el sistema financiero?

      Responder
      • Hola Javier.
        Con respecto a la herencia en sociedad conyugal, si usted fallece la herencia pasará a su mujer tanto en todas sus deudas como en todos los bienes que dejará al fallecer, por lo tanto al reclamar su herencia su esposa también estará reclamando las deudas, por ello cuando eso sucede ella deberá de hacer un balance donde determine que es mejor reclamar la herencia o rechazarla por el nivel de deuda. Si requiere una asesoría patrimonial en su herencia familiar para la adquisición de bienes puede escribirme a mi WhatsApp para su asesoría al +56922586990.
        Saludos

    • Buenas tardes; acabamos de tramitar las poseciones efectivas de mi madre y de mi padre, que felleció último. Eramos 4 hermanos. Mi padre con mi madre, casados en sociedad conyugal, compraron una propiedad que se inscribió en el conservador el año 1989. Mi hermano mayor falleció el año 1988, dejando a un hijo vivo. La pregunta es, ese hijo de mi hermano, nuestro sobrino, pasa a ser heredero de mi hermano fallecido en lo que respecta a los derechos de la propiedad adquirida por mis padres?

        Responder
        • Hola Mauricio
          Efectivamente, si ambas herencias son intestadas (no hay testamento) el hijo de su hermano es heredero por derecho de representación
          Si requiere de nuestra ayuda profesional puede escribirnos a nuestro WhatsApp +56922586990 donde le ayudaremos en todo su proceso y en su herencia bajo sociedad conyugal en Chile.
          Saludos cordiales

      • Buenas noches Rodrigo.
        Que sucede tras la muerte del cónyuge de sociedad conyugal, pero que se encuentran separados más de 20 años . En este caso el padre quién fallece, formó una nueva familia, pero sigue casado con mi madre.
        Le corresponde la herencia de afp a mi madre, a pesar que se encuentran separados????

        Gracias
        Saludos

          Responder
          • Hola Macarena
            Sí, si al fallecer aun era su cónyuge, le corresponden todos los derechos como heredera una pensión de sobrevivencia y no confundir con el retirar los fondos completos de la AFP como herencia. Cabe destacar, que la o el Conviviente, madre o el padre de hijos de filiación no matrimonial: A la fecha del fallecimiento del afiliado deben ser solteros o viudos y vivir a expensas del afiliado o afiliada.

            Si requiere de nuestra ayuda profesional puede escribirnos a nuestro WhatsApp +56922586990 donde le ayudaremos en todo su proceso y en como se da la herencia bajo sociedad conyugal en Chile.
            Saludos cordiales

        • Buenas tardes, mi padre fallecio y tenia unas acciones, estaba casado en sociedad conyugal con mi madre, somos 3 hermanas dentro del matrimonio y una cuarta fuera de matrimonio, como se reparte la herencia, segun lo que he leido, debera dividirse en 6 partes y mi madre toca 2 partes, porque es el doble de lo que recibe cada hijo, pueden ratificar ?

          Responder
          • Estimada Macarena.
            Efectivamente a su Madre le corresponde el 50% de la Herencia mas el doble de la porción de cada hijo.
            Para determinar con exactitud la división de la Herencia entre cónyuge e hijos no dude en comunicarse con nosotros a nuestro numero de wsp.

        • Hola, buenas tardes. Mi consulta es la siguiente. Llevo casada 8 años y tenemos en común un hijo de 22 años, pero mi esposo tiene 6 hijos más de relaciones anteriores, todos mayores de edad. Hace unos meses atrás compramos un terreno pequeño para construir nuestra casa..mi pregunta es. Que pasa si mi marido muere ya queesta muy enfermo, cómo quedó yo como heredera, tengo que compartir igual la herencia de nuestra vivienda..?, necesito que me orientes porfavor.

          Responder
          • Estimada Lilian.
            Lamentablemente si su Marido Muere, tendrá que repartir la herencia con todos sus hijos incluso con los que tiene fuera del matrimonio.
            Sin embargo nosotros prestamos servicios para resguardar el Patrimonio suyo y de sus hijos en este caso.
            Si necesita determinar como se divide la Herencia entre el conyuge e hijos no dude en comunicarse a nuestro wsp.

        • Hola, somos 4 hijos, mi padre compró su casa siendo soltero. Se casó posteriormente y falleció. Ahora falleció su esposa. Como debemos heredar la casa. Gracias.

          Responder
          • José
            Primero es necesario tramitar las 2 posesiones efectivas, tanto la de su padre como de la cónyuge.
            Si requiere una asesoría en mayor detalle podemos abordarlo en una reunión donde responderemos todas sus inquietudes a su herencia, para ello puede contactarnos a nuestro WhatsApp +56922586990.
            Gracias por dejar su comentario en nuestro articulo sobre sociedad conyugal y herencia

        • Abogado Rodrigo.
          Mi padre se casó 3 veces, después de quedar viudo la 2 primeras veces. En el 2°matrimonio, se adquirió un bien raíz (casa), con quien fue mi madre que falleció en 1981. (Mi padre tenía 4 hijos de su primer matrimonio y del segundo, nacimos tres más). En el año 1999, mi padre se casa por tercera vez y fallece en el año 2006. Al fallecer queda el inmueble adquirido en el 2°matrimonio, sin testar.
          Pregunta: se pidió la posesión efectiva, apareciendo la tercera esposa como heredera, entre los hijos de nuestro padre. Qué le corresponde heredar a ella, si nunca tuvo participación en la compra de esa casa?. Por otro lado ella era propietaria de otro inmueble, donde vivió con mi padre y que luego de su fallecimiento vendió. 2.ª pregunta: por haber estado casada con ella, a los hijos de mi padre no les corresponde nada de esa venta?
          Agradecido de su información y aclaración

          Responder
          • Eduardo
            A la cónyuge le tocará heredar como mínimo un ¼ de la herencia

            Sin embargo, se nos hace necesario recabar más información para un análisis más completo, siendo para cada uno de los herederos necesario revisarlo en reunión de asesoría para ello puede contactarnos a nuestro WhatsApp +56922586990 donde lo orientaremos en reunión sobre la sociedad conyugal y herencia

        • Carls
          Dependerá si la casa ingresó o no a la sociedad conyugal, hay que ver cuándo la compraron y quién
          Por ejemplo si se compró dentro del matrimonio a nombre de su padre, el queda con el 50% por gananciales, y el otro 50% se reparte entre él (2/5) y a cada hijo de ella le toca 1/5 a título de herencia.
          Sin embargo, cada caso tiene su particularidad que es necesario siempre de revisarlo en una reunión de asesoría. Para ello puede contactarnos a nuestro WhatsApp +56922586990

          Responder
        • Mi padre se casó con una mujer que tenía tres hijos y mi padre 2, se casaron con bienes comunes, la mujer falleció como queda la herencia de una casa ?

          Responder

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