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La herencia AFP

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Abogado de Herencias | Rodrigo Huaiquimilla Arcos

Durante nuestra vida laboral nos dedicamos a cotizar en nuestra cuenta de AFP para nuestra pensión de vejez, pero qué sucede con estos fondos de pensión cuando fallecemos o bien cuándo fallecen nuestros padres y parientes, ¿Será posible reclamarlos como herencia de AFP?

Ahora te explicamos a continuación sobre la Herencia de fondos de AFP, un artículo de Abogados en Herencias en Chile para ayudarte.

Fuente: Poder Judicial

La Herencia AFP en Chile

¿Qué es la Herencia AFP?

La herencia AFP es según el Decreto ley 3.500 aquel cuando al momento de fallecer el afiliado cuenta con saldos existentes en sus fondos asociado en su cuenta individual de AFP.

Cabe señalar que los fondos de ahorro son de propiedad de las personas afiliadas.

Podemos concluir que los fondos de ahorro pertenecen a los trabajadores dependientes e independientes que han cotizado durante su vida en la AFP, por lo tanto, al fallecer el afiliado y dueño de este fondo acumulado en su AFP, éste ahorro o saldo en la cuenta de AFP será considerado legalmente como herencia.

Por lo tanto, quedará en beneficio de sus herederos legales si se dan las condiciones necesarias, las cuales explicamos a continuación.

Cuándo se considera como Herencia los fondos de la AFP

Según establece nuestra legislación, se considerará como herencia los fondos de AFP, en los casos que al morir el afiliado de la AFP no cuenta con beneficiarios de pensión de sobrevivencia, o si al fallecer es por causa de accidente del trabajo o una enfermedad de carácter profesional.

Requisitos para cobrar herencia AFP

En los casos que los fondos de la AFP del fallecido superen las 5 unidades tributarias anuales, se deberá de presentar el certificado de posesión efectiva, el cual es posible de ser obtenido en el registro civil, el cual debe estar debidamente inscrito en el conservador de bienes raíces correspondiente.

No obstante, para los casos que los fondos de la AFP del fallecido sean menores a las 5 unidades tributarias anuales, podrán solicitar sus herederos legales el retiro de estos fondos sin el certificado de posesión efectiva.

Cuánto es el monto que se puede recuperar como Herencia por fondos de AFP

Los herederos legales podrán recuperar la totalidad de los fondos del afiliado que existen en la AFP

Sin embargo, solamente podrán retirar la totalidad de la herencia del fondo AFP en los casos de no existir beneficiarios de pensión de sobrevivencia.

Cómo cobrar la herencia de AFP

Los herederos legales en el caso de querer cobrar la herencia AFP deberán efectuar la solicitud ante la respectiva AFP del afiliado fallecido.

En los casos que exista más un heredero legal, estos deberán designar un representante para disponer del pago de la herencia de Afp ante el organismo previsional, o actuar en conjunto.

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Quiénes se consideran como beneficiarios de la Herencia de AFP

Se consideran como beneficiarios de la herencia por los fondos de AFP del fallecido a sus herederos legales, los cuales responden a los órdenes de sucesión establecidos por nuestra legislación, estableciéndose el siguiente orden de preferencia:

  • Primer orden: La herencia de AFP beneficiara tanto a los hijos como al cónyuge o el conviviente civil que lo sobrevive. En la situación de haber muerto algún hijo, heredan la herencia en su lugar los hijos de éste, en otras palabras, los nietos del fallecido.
  • Segundo orden: si no tiene hijos, heredan la herencia los padres u otros ascendientes más próximos y su cónyuge o conviviente civil que lo sobrevive.
  • Tercer orden: En los casos de no existir los anteriores herederos, heredarán los hermanos del fallecido, sean por parte de padre y madre, o sólo de uno de ellos. En caso de estar fallecido alguno de los hermanos, heredan en su lugar los hijos de éste.
  • Cuarto orden: Si no existen los herederos anteriores. En primer lugar, heredan los tíos. A falta del anterior heredan los primos de la persona fallecida.
  • Quinto orden: En caso de no existir heredero alguno el fondo de la Herencia del fondo AFP pasara al Fisco.

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La Herencia de Afp en hijos mayores de 25 años

En los casos de existir hijos mayores de 25 años, o más preciso para nuestra legislación mayores de 24 años y no existen ningún otro beneficiario tales como cónyuge, conviviente civil o hermanos menores a 24 años no encontrándose estudiando, en esta situación serás considerado como heredero beneficiario del fondo de AFP del fallecido.

No obstante, es necesario señalar que nuestra legislación establece que en situación que el fallecido dejase algún beneficiario legal de su Fondo de Pensión, tales como cónyuge, conviviente civil o hijos menores de 24 años encontrándose estudiando, a ellos les corresponderá recibir una pensión de sobrevivencia el cual se pagará en forma mensual al beneficiario.

Por lo tanto, en la situación anterior no recibirás los ahorros del fallecido como una herencia, sino estos pasaran a ser parte de la pensión de sobrevivencia del beneficiario correspondiente legalmente.

¿Ahora qué sucede con la Herencia cuando existen menores de 24 años?

Los beneficiarios de Herencia AFP hijos menores de 24 años

Nuestra legislación establece que en la situación que el fallecido dejase beneficiarios legales de su Fondo de Pensión, tales como su cónyuge, conviviente civil o hijos menores de 24 años, a ellos les corresponderá recibir una pensión de sobrevivencia el cual es de carácter mensual.

Cabe destacar, que los hijos que se encuentren solteros entre la edad de 18 años y menores de 24 años de encontrarse estudiando, serán calificados como beneficiarios de una pensión de sobrevivencia.

Esto es importante, ya que significa que en el caso de existir hijos herederos en la situación anterior, estos no podrán hacer retiro del fondo de pensión como herencia, sino serán pagados mensualmente al hijo como una pensión de sobrevivencia.

¿Qué sucede con las herencias del fondo de AFP cuando no existen herederos?

Cuando no existen herederos legales y ningún otro beneficiario los ahorros del fondo de pensión del fallecido como Herencia AFP pasarán a quedar en favor del fisco, es decir, la herencia será del estado al no existir herederos legales establecidos en el orden de sucesión.

Es posible dejar esta herencia a alguien que no es de mi familia

Suele suceder que ocasiones nuestros clientes no cuentan con familia directa con vida o bien se han dedicado durante toda su vida a su rol profesional ayudando a las personas.

En esta situación sugerimos como alternativa hacer uso de los testamentos, ya que permiten en ausencia de un familiar heredero dejar la herencia AFP o la herencia a la persona que estimen conveniente.

No sólo eso, también puede dejar la herencia AFP a alguna institución de caridad.

Son amplias y variadas las alternativas que nos permiten los testamentos a la hora de dejar una herencia o una Herencia AFP.

De igual modo en el caso de tener herederos y deseo privilegiar sólo a algún miembro de mi familia con la Herencia AFP, lo puedo designar mediante la escrituración de un testamento.

Requisitos para cobrar herencia AFP

Los requisitos para cobrar los fondos del afiliado como herencia en los casos de que el fondo de la AFP sea mayor a 5 UTA, esto es aproximadamente al 21 de Agosto de 2021 $3.157.860.- pesos, deberán de realizar los herederos la solicitud de posesión efectiva e inscribirla en el conservador de Bienes Raíces correspondiente.

No obstante, en caso contrario que la herencia del fondo de AFP dejada por el afiliado fallecido como saldos en su fondo de AFP sea menor a 5 UTA, esto es aproximadamente al 21 de Agosto de 2021 alrededor de $3.157.860.- pesos, no será necesario presentar los antecedentes debidamente registrados de posesión efectiva por los familiares directos del fallecido.

Entendiéndose como familiares directos a su cónyuge o conviviente civil, padres e hijos.

Sin embargo, es necesario señalar que otros herederos no considerados directos las AFP para efectos de solicitar la Herencia se solicitaran a estos contar con la posesión efectiva realizada y debidamente inscrita en el conservador de bienes raíces correspondiente.

De igual modo, necesario recordar que no deben existir herederos legales entre 18 y 24 años, dado que, si son estudiantes de cursos regulares de enseñanza básica, media, técnica o superior, serán considerados beneficiarios de pensión de sobrevivencia y no podrá hacer retiro los ninguno de los herederos la herencia del fondo de AFP.

Cuál es legislación de herencia AFP

La norma principal que regula los fondos de pensión en Chile está contenida en el Decreto Ley 3.500, la cual considera en ella como tal la ley o legislación de herencia AFP, el cual explica en sus parrafos que sucederá con los fondos de la afp tras el fallecimiento del afiliado.

Es importante destacar que el decreto Ley 3.500 viene a establecer un sistema de pensiones de vejez, de invalidez y sobrevivencia.

Este decreto viene a establecer además que la capitalización se efectuará en los organismos denominados Administradoras de Fondos de Pensión.


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Abogado experto en herencias
Abogado Experto en Herencias

Soy Rodrigo Huaiquimilla Arcos, Abogado Experto en Herencias en Chile, titulado de la Universidad de Chile, con Postítulo en Derecho Sucesorio en materia de Herencias. Cuento con 16 años de experiencia profesional ayudando a las familias en sus herencias en Chile, tanto en casos simples como complejos.

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