la conviviente tiene derecho a herencia en chile

La conviviente tiene derecho a herencia en Chile

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Abogado de Herencias | Rodrigo Huaiquimilla Arcos

Pensamos comúnmente que un conviviente es distinto al cónyuge a la hora de heredar la Herencia dejada por la pareja en Chile. A continuación, te explicamos y aclaramos estas dudas sobre los derechos que tienes como conviviente en «La conviviente tiene derecho a herencia en Chile», un tema realizado por nuestro equipo de Abogados Herencias en Chile para ayudarte.

La conviviente tiene derecho a herencia en Chile

Suele acontecer que pensamos que un conviviente es distinto al cónyuge en materias de Herencias.

Sin embargo, en materia de herencias no solo se considera al cónyuge sino también a la conviviente civil como beneficiario de la herencia, entendiéndose como tal, el que se encuentra bajo acuerdo de unión civil, por ende, será considerado sólo al conviviente civil como heredero legitimo para reclamar una herencia dejada por su pareja fallecida.

Por lo tanto, podemos señalar que tendrá la misma calidad y derechos sobre la herencia que él o la cónyuge sobreviviente en los casos de los tradicionales matrimonios que solemos conocer.

De igual modo, en el caso de herencias bajo testamento también podrá ser considerado como parte de esta en las cuartas de mejoras producto de los Testamentos.

¿ Qué sucede con la pareja de hecho tiene derecho a herencia en Chile ?

Existe la herencia de la pareja de hecho en Chile

Son las preguntas que frecuentemente nos llegan a nuestro despacho, es posible heredar la herencia de la pareja de hecho, el o la conviviente de hecho tiene derecho a herencia en Chile.

Nace comúnmente la pregunta tras los años de vida en pareja:

¿Al ser conviviente tengo derechos a bienes de la herencia de mi pareja?

A estas preguntas debemos reconocer que lamentablemente la pareja de hecho no tiene derecho a herencia en Chile, dado que nuestra legislación establece y reconoce como heredera de la herencia sólo a la pareja que se encuentra unida bajo acuerdo de unión civil o bien bajo matrimonio civil.

Es así que los convivientes tienen derecho a herencia en chile sólo en el caso de estar unidos por acuerdo de unión civil, denominados como conviviente civil.

Sin embargo, si eres pareja de hecho tendrás que iniciar un juicio para que demuestres tu conviviencia y puedas acceder al patrimonio de tu pareja , aunque no será por la vía como los herederos, ya que no lo eres, sino deberás exigir y declarar tu estado de convivencia en tribunales con la represetanción de un Abogado.

Si cumples con loes requisito legales podrías llegar a acceder al 50% del patriminio de tu pareja fallecida.

Ahora si te encuentras en esta situación puedes escribirme a mi whatsapp para estudiar y poder orientarte antes de verte involucrado en un Juicio.

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Los convivientes tiene derecho a herencia en Chile.

El conviviente civil

La respuesta es depende dado que se debe de diferenciar entre el tipo de conviviente, para nuestra importancia en materia de derecho sobre la herencia como señalamos anteriormente, sólo se considera al conviviente bajo acuerdo de unión civil, el cual exige para los convivientes que exista un acuerdo de unión civil entre las parejas.

En conclusión, cuando una conviviente puede heredar de su pareja, sólo podrá heredar los bienes de su pareja estando bajo acuerdo de unión de civil.

Qué es el acuerdo de unión civil

Un acuerdo de unión civil es un contrato celebrado entre dos personas de igual o distinto sexo, que busca regular los efectos jurídicos derivados de su decisión de formar un hogar y familia.

Es así, que el objetivo de acuerdo unión civil más que ser un mero contrato entre la pareja viene a regular los efectos legales de una vida en pareja, al formar un hogar de carácter estable y permanente.

Se entiende, que al formar una vida de estable en pareja, de esta nacerán a lo largo de la vida afectiva, la adquisición de bienes producto del esfuerzo de ambos e inclusive pueden existir hijos.

Por lo tanto, la ley 20.830 vino a crear este Acuerdo de Unión Civil, permitiendo a los convivientes existentes regular los derechos y obligaciones que tienen las parejas, además de los bienes adquirido a lo largo de la vida de ambos.

¿Si la conviviente tiene derecho a herencia en Chile cuánto le corresponde ?

Entendiendo que al fallecer el conviviente civil, le corresponderá suceder al difunto un grupo de personas ligadas por parentesco, es decir, le corresponderá la herencia como heredero según nos señala la ley a las siguientes personas:

La ley nos señala que bajo el primer Orden de Sucesión, se establece como heredero a los hijos, el cónyuge o el conviviente civil que lo sobrevive. Recordando que el conviviente civil es la pareja del mismo o distinto sexo con la que la persona fallecida haya firmado un acuerdo de unión civil.
En el caso de haber fallecido algún hijo del testador o conviviente, heredan en su lugar los hijos de éste, es decir, los nietos del fallecido.

Qué sucede si los hijos eran sólo de mi conviviente

Cabe señalar que los hijos del fallecido, aunque no sean hijos comunes de la pareja bajo acuerdo de unión civil, también serán considerados como herederos, dado que la ley considera a la totalidad de los hijos del fallecido como herederos del patrimonio dejado por el fallecido.

A continuación, revisemos de cuánto es la parte que le corresponde de herencia a la conviviente civil:

Si la conviviente tiene derecho a herencia en Chile cuanto le corresponde si existe 1 solo hijo

Cuando existe sólo 1 hijo:

En nuestro país dado que no existe libertad absoluta para disponer de los bienes, se debe de cumplir con cierta forma de distribución de la herencia la cual es obligatoria.

Ahora si la conviviente tiene derecho a herencia en Chile cuánto le corresponde si existe 2 o más hijos

Cuando existen 2 o más hijos:

En nuestro país dado que no existe libertad absoluta para disponer de los bienes, se debe de cumplir con cierta forma de distribución de la herencia la cual es obligatoria.

Que sucederá si la conviviente tiene derecho a herencia en Chile y no existen hijos

Cuando no existen hijos:

En los casos que el conviviente civil fallecido no tuviese ningún hijo o descendientes tanto dentro de la relación bajo acuerdo de unión civil como fuera de éste, los herederos de la herencia dejada por el fallecido recaerá en la conviviente civil sobreviviente y sus ascendientes más próximos ( padres del fallecido).

En esta situación de la no existencia de hijos, la herencia se dividirá en 3 partes, dos de las cuales corresponderán al conviviente civil y la parte restante para los ascendientes (padre y madre del fallecido)

Qué sucederá si la conviviente tiene derecho a herencia en Chile y no existen hijos ni ascendientes

Cuando no existen hijos ni los padres de la pareja fallecida:

En esta situación el conviviente civil fallecido no dejo hijos a quien herederar, tampoco existen con vida ambos padres ni abuelos…

¿Quién hereda?

La conviviente civil heredara la totalidad de la herencia excluyendo al resto de los parientes del fallecido.

Cabe señalar que todo lo anteriormente expuesto hace relación a un análisis de una herencia intestada, es decir, la herencia sin testamento.

No obstante, qué sucederá si el conviviente civil desea dejar un testamento, te lo explicamos a continuación…

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El Testamento

Bajo testamento la conviviente tiene derecho a herencia en Chile

El Testamento

Según lo visto anteriormente, teníamos que diferenciar entre los tipos de conviviente, no es lo mismo un conviviente que un conviviente civil, dado que éste último es el cual se encuentra unido con su pareja bajo un acuerdo de unión civil, el cual resguarda los derechos de ambos en esta unión.

Es decir, al estar bajo acuerdo de unión civil, la conviviente tendrá derecho a la herencia de su pareja.

Quizás te preguntes ahora:

¿Existirá posibilidad que la pareja de la conviviente civil pueda efectuar un testamento?

La respuesta es sí, dado que, al estar la pareja unida bajo el acuerdo de unión civil, tendrá los mismos privilegios que la cónyuge en el matrimonio tradicional.

Por consiguiente, la pareja de la conviviente civil podrá optar a efectuar un testamento en favor de su pareja, siempre mientras exista entre ambos este acuerdo de unión civil, debido a ello su importancia en el vínculo de pareja.

El testamento permitirá beneficiar a la pareja en mayor medida que otros herederos, permitiéndole a aumentar la parte de la herencia que le corresponde, haciendo uso de la cuarta de mejora y favoreciendo con la cuarta de libre de disposición.

Se le podrá disminuir o aumentar la parte de la herencia a la conviviente que tiene derecho a herencia en Chile

Sí, el uso de un testamento por parte de la pareja de la conviviente civil, denominado testador, podrá mejorar o disminuir la parte de la herencia que le corresponde a la conviviente civil.

Esto se suele utilizar con el fin de beneficiar con la herencia del testador a uno de los herederos por sobre otro, entendiéndose que su uso viene a ayudar a una las partes más que a la otra.

Uno de los usos normales de estas cláusulas en el testamento, es para resguardar económicamente a la pareja conviviente civil en caso de no contar con una pensión.

Otros casos, suele acontecer cuando uno de los hijos no tiene los medios suficientes para mantenerse en el futuro.
Algunos otros testadores ven la confección de un testamento como un premio a otorgar una herencia aquel amigo o familiar que los cuido en la vejez.

Estas preocupaciones y situaciones son expuestas por nuestros clientes al decidir al optar por un testamento.

Finalmente, nuestra recomendación sobre si la conviviente tiene derecho a herencia en Chile

Recomendamos a las Familias

Imagínese la situación de no estar bajo el acuerdo de unión civil, la conviviente no tendría derecho a la herencia de su pareja, claro que sus hijos sí, pero la pareja que compartió tantos años de pareja quedaría en el abandono económico de lo propio que construyeron entre ambos.

Debido a lo anterior, recomendamos para resguardar el patrimonio familiar de ambos, el cual fue logrado por el esfuerzo unido de la pareja, materializarlo bajo el acuerdo de unión civil el cual vendrá a resguardar el derecho de herencia en favor de la conviviente civil o bien como último recurso emplear la confección de un testamento que permita hacer uso de la parte de libre dispición en favor de su pareja.


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Abogado experto en herencias
Abogado Experto en Herencias

Soy Rodrigo Huaiquimilla Arcos, Abogado Experto en Herencias en Chile, titulado de la Universidad de Chile, con Postítulo en Derecho Sucesorio en materia de Herencias. Cuento con 16 años de experiencia profesional ayudando a las familias en sus herencias en Chile, tanto en casos simples como complejos.

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15 comentarios en «La conviviente tiene derecho a herencia en Chile»

  1. Si me caso con bienes separados o bien procedo con la unión civil, como puedo asegurar la herencia solo para mis hijos? Mi futuro conyugue o conviviente civil tiene un hijo, y yo tengo los míos, y no tenemos hijos en común, y por lo tanto el esta de acuerdo que mi casa solo quede como herencia para mis hijos, como resguardar este bien que solo adquirí con mi esfuerzo

      Responder
    • Tuve una convivencia de mas de 20 años, yo viuda y el divorciado con dos hijos de su matrimonio, ninguno en común, falleció hace una semana. Tengo derecho a una pensión?

        Responder
        • Hola, Antonieta.
          Si tiene tanto derecho a la pensión como sobre los bienes adquiridos durante la relación de pareja en un 50%, ya que existe opciones legales para el reconocimiento de su convivencia como pareja de hecho, permitiéndole exigir parte de los bienes y del patrimonio de su pareja fallecida, se entiende que todo el patrimonio del fallecido fue conformado mediante el apoyo de ambos ¿cómo se realiza esta acción? esta acción se realiza en tribunales mediante la representación de su Abogado, exigiendo el reconocimiento de convivencia, lo cual si es favorable tendrá un 50% de los bienes y del patrimonio dejado por su pareja fallecida. Si desea considerar este procedimiento judicial puede contactarse con nosotros al WhatsApp +56922586990 para estudiar si cumple todos los requisitos legales.

          En cuanto a la pensión , si tiene derecho sobre ella ya que según lo señalado en el Decreto ley 3.500 «serán beneficiarios de pensión de sobrevivencia, los componentes del grupo familiar del causante, entendiéndose por tal, el o la cónyuge o conviviente civil sobreviviente, los hijos de filiación matrimonial, de filiación no matrimonial o adoptivos, los padres y la madre o el padre de los hijos de filiación no matrimonial del causante»
          Saludos.
          WhatsApp y teléfono +56922586990

      • Lucy.
        La regla general es que la conviviente de hecho no tiene derechos hereditarios, sin embargo hay jurisprudencia que le reconoce que se formó una sociedad de hecho en algunos casos, se debe demandar para que se reconozca, y además es necesario que no exista matrimonio en sociedad conyugal con otra persona, en este caso ambos están casados, habría que ver si es en sociedad conyugal o no.

        Si requiere de nuestra ayuda para realizar esta acción o bien una asesoría en mayor detalle, puede contactarnos a nuestro WhatsApp al número +56922586990

        Deseamos que nuestra respuesta sea de ayuda frente a sus inquietudes si la conviviente tiene derecho a la herencia en Chile. Estamos para ayudarle

        Responder
      • Hola mi cuñado fallecio de cancer,convivio 40 años con mi hermana y hay un hijo de 31 años
        El nunca se divorcio y mi hermana tampoco.
        Tuvo 3 hijos de su matrimonio.
        Mi hermana puede heredar o heredará la primera mujer?

        Responder
        • Sandra.
          Por regla general el o la conviviente de hecho no tiene derecho a la herencia.
          Sin embargo, existen hoy casos especiales donde se permite reclamar el derecho a los bienes en herencias.
          Si desea de mayor detalle o necesita de nuestros servicios legales puede consultarnos a nuestro WhatsApp +569 2258 6990 donde lo asesoraremos de la mejor forma para el logro de sus objetivos.

      • Convivo con mi pareja hace. Más de 20 años tenemos una hija de 20 años estudiando. Mi pareja compró una casa ,la cual la hemos pagado entre los dos. Ahora me está expulsando de ella, diciéndome qué no tengo derecho a nada.
        Él puede hacer eso. Ahí alguna forma de poder enfrentar tal humillación.

        Responder
        • Elda
          Se puede presentar una denuncia por violencia intrafamiliar debido a la expulsión de la vivienda al considerarse maltrato, permitiendo a usted y a su hija residir en la vivienda. Debido a la edad de su hija y al encontrarse estudiando se puede iniciar una demanda por pensión de alimentos.
          Cabe mencionar con respecto a la herencia futura que pueda dejar su pareja, usted al no ser conviviente civil ni cónyuge no podría ser heredera, ya que la conviviente o pareja de hecho no tiene derecho a la herencia, pero si su hija.
          Si desea de nuestra ayuda puede solicitar su atención a nuestro WhatsApp +56922586990

        • Gabrielle
          La regla general es que la la ley no reconoce derechos de herencia a quienes han tenido una convivencia solo de hecho (sin matrimonio ni unión civil). Sin embargo, hoy en día los jueces han reconocido el derecho del o la conviviente de hecho sobre los bienes, por lo cual, para lograr reclamar su derecho a los bienes en herencias, es necesario demandar para que se establezca el derecho a una parte de los bienes del conviviente fallecido.
          Si requiere iniciar una demanda para reconocer este derecho como conviviente puede contactarnos a nuestro WhatsApp +56922586990 donde le brindaremos una orientación gratuita sobre los derechos que tiene la conviviente a la herencia en Chile

        • Erika
          En referencia a su pregunta se nos hace necesario contar con más información sobre si su convivencia es de hecho o se encuentra bajo unión civil. Además cual es su situación actual, separación o fallecimiento del conviviente. Lo anterior es necesario para lograr brindarle respuesta a sus dudas.
          Si gusta puede contactarnos a nuestro WhatsApp para su orientación +56922586990

      • En este caso el conviviente fallecio hace dos años, no existía unión civil. La la conviviente tiene derechos a la herencia en caso de existir dos hijas del conviviente??.
        Le agradecería su respuesta muchas gracias.

        Responder
        • Erika
          No, la conviviente de hecho no tiene derecho a herencia en Chile, por lo cual no tiene derechos hereditarios alguno sobre los bienes dejados en herencias por su pareja, sólo los hijos en común tendrán derecho a la herencia.
          Sin embargo, es necesario señalar que si usted vivía a expensas de su pareja afiliado o afiliada de AFP y tenían hijos en común, y usted se encontraba soltera o viuda, se le otorgará una pensión de sobrevivencia correspondiente a los fondos de AFP de la cuenta de su pareja fallecida.

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